EL GOBIERNO HA APROBADO EL DECRETO-LEY CON LA REFORMA LABORAL. (16/06/2010)
El decreto-ley con la reforma laboral (Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.) entrará en vigor el 18 de junio de 2010, aunque el propio Ejecutivo será el que pida que se tramite como proyecto de ley para que los partidos puedan incluir sus aportaciones a través de la presentación de enmiendas. Así lo confirmaron la vicepresidenta primera del Gobierno, María Fernández de la Vega, y el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho.
El ministro de Trabajo aseguró que ésta "es una reforma buena, ambiciosa, que aborda los problemas y situará a la economía en la senda del crecimiento, del empleo y de la productividad", apostilló, tras indicar que la decisión tomada "no tiene marcha atrás".
Corbacho y De la Vega esperan que los grupos parlamentarios mejoren el decreto ley durante su tramitación porque afecta a temas importantes y debe tener eficacia en el tiempo y porque "la discusión siempre es buena".
El ministro de Trabajo precisó que algunas de sus preocupaciones, como que la penalización de los contratos temporales con mayores indemnizaciones por despido pudiera afectar a la creación de empleo inmediato, "las ha tenido presentes" el decreto. Por su parte, De la Vega incidió que desde el diálogo parlamentario el Gobierno seguirá trabajando "intensamente" para convalidar el decreto ley.
De la Vega ha defendido que este texto ambiciona que "el despido es la última opción y que no sea la más fácil". "Quiere atajar algunos de los problemas más acuciantes", ha dicho la vicepresidenta sobre la reforma, que, dice, "reduce la temporalidad laboral e incentiva la contratación indefinida".
Celestino Corbacho, ha explicado que se trata de una "reforma sustancial" basado en tres puntos: "Mejorar la productividad, dar mayor estabilidad en el empleo y mayor estabilidad interna a las empresas, lo que no quiere decir mayor inseguridad", ha matizado el ministro.
Novedades más destacadas:
El Gobierno ha ampliado más de lo que tenía pensado el uso del contrato de fomento del empleo -con 33 días por despido improcedente-, al incluir al colectivo de trabajadores de entre 31 y 44 años que hayan sido despedidos.
Este tipo de contrato con indemnización de 33 días no afectaría a los contratos indefinidos ya hechos, que mantendrían la indemnización de 45 días por año trabajado en caso de despido improcedente, así, se mantienen los derechos adquiridos en el contrato indefinido ordinario y la reforma no tiene efectos retroactivos.
El Gobierno también ha aumentado la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) pues el abono de ocho días de la indemnización por despido por parte del Fondo Garantía Salarial (Fogasa) no incluirá sólo a los contratos de fomento del empleo estable (33 días de indemnización por despido improcedente), sino también a los contratos indefinidos ordinarios (45 días de indemnización).
Una empresa sólo tendrá que acreditar pérdidas para justificar despidos objetivos, sin un periodo determinado para ello.
Las causas objetivas de un despido "siempre debe determinarlas un juez" por lo que se mantiene la tutela judicial efectiva.
El decreto ley cambia la definición de pérdidas, del actual "no meramente coyunturales" a "cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa". Corbacho explicó que esta situación económica empresarial deberá ser acreditada con "resultados" según cada empresa y resaltó que el decreto ley pretende que las empresas "no empiecen ajustando plantillas".
Las empresas de trabajo temporal verán levantada la restricción de operar en el sector de la Administración Pública.
El contrato de obra y servicio, "el único que cambia", que queda limitado a "dos años", según Corbacho. Y el contrato temporal "irá incrementando la indemnización por extinción y empezaría a ser operativo en 2012 y aumentaría un día por año hasta llegar a 12 días por extinción de contrato en 2015".